Algunas consideraciones acerca de la distinción entre interpretación en abstracto e interpretación en concreto: Un Balance
DOI:
https://doi.org/10.52292/j.dsc.2019.2221Palabras clave:
Positivismo jurídico, Escepticismo interpretativo, Interpretación in abstracto, Interpretación in concreto, Teorías del significadoResumen
El objetivo del presente trabajo es delinear un balance del de- bate sobre el escepticismo interpretativo de Riccardo Guastini, debate pu- blicado en el numero XI de la revista Discusiones, en el año 2012. Voy a expresar algunas ideas sobre un punto específico del debate: la distinción entre interpretación en abstracto e interpretación en concreto. Intentaré defender la siguiente tesis: la mejor reformulación de la distinción entre interpretación en abstracto e interpretación en concreto se funda en una teoría del significado que define: a) el producto de la interpretación en abstracto como el sentido de una disposición; b) el producto de la interpretación en concreto como la referencia de una norma; c) la actividad de interpretación en concreto como una estipulación de la referencia mediante un acto de adscripción. Para defender esta tesis me apoyaré en la noción de reference-determiner elaborada por Gillian Russell.
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